Son residencias especializadas que proporcionan alojamiento permanente o temporal y atención asistencial, integral y continuada a personas mayores que, por alguna circunstancia no pueden permanecer en su hogar. Ofrecen además una amplia gama de servicios y actividades.
Dirigidas a personas mayores con 65 años cumplidos, acreditando la residencia en la Comunidad de Madrid durante los dos últimos años anteriores a la solicitud. Además, no podrán padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en Centros Hospitalarios.
Existen dos tipos de plazas residenciales a las que el mayor puede optar:
- Plazas financiadas en su totalidad por la Comunidad de Madrid, sin perjuicio del pago por el usuario de los precios públicos establecidos.
- Plazas financiadas parcialmente, cuyo coste es financiado por la Comunidad de Madrid y por los usuarios.
Proceso de tramitación:
- Recepción de la demanda y valoración de la necesidad.
- Recogida de la documentación y cumplimentación de la solicitud.
- Elaboración del Informe Social, apoyado por una visita al domicilio.
- Envío de la documentación completa a la Consejería.
- Remisión al Servicio de Atención a Personas Mayores de documentación que justifique alguna variación en la situación inicial.