"Las Vegas"

Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales

El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) tiene por finalidad principal la garantía de las condiciones básicas y la previsión de los niveles de protección a todas las personas en situación de dependencia, sirviendo de cauce tanto para la colaboración y participación de las Administraciones Públicas, como para la optimización de los recursos públicos y privados disponibles. 

TRAMITACIÓN DE LA DEPENDENCIA

La tramitación de la Dependencia se realiza a usuarios/as de Servicios Sociales, tanto derivados de otras entidades como por demanda propia o por iniciativa del trabajador/a social.

Proceso de tramitación:

  1. Recepción y valoración de la demanda en Servicios Sociales. Se informará al solicitante de la Dependencia, normativa, documentación, etc.
  2. Petición de documentos al solicitante
  3. Recogida de toda la información necesaria mediante entrevistas. Visitas al domicilio para recabar información sobre la situación socio-familiar y elaborar el informe social del entorno.
  4. Apoyo en la cumplimentación de la solicitud de reconocimiento de la Dependencia.
  5. Recogida de documentos:
    • Cuando están completos debe colocarse el sello de Registro de entrada en el “Formulario de solicitud”.
    • Se entregará una fotocopia sellada al solicitante.
  6. Envío de documentación a la Comunidad de Madrid.
  7. Subsanación de incidencias en caso de ser necesario, que implica un seguimiento estrecho del caso (telefónico o incluso con citas). Se avisa a los/as usuarios/as de que, en caso de recibir notificaciones, lo comuniquen inmediatamente al Centro de Servicios Sociales.
  8. Seguimiento de los casos en espera de valoración de grado y Programa Individual de Atención: mediación entre el/la usuario/a y la Comunidad de Madrid; recursos para solicitar una nueva valoración del grado; tramitación y seguimiento del Servicio de Ayuda a Domicilio con carácter de urgencia, en caso de ser necesario.
  9. Recepción por parte del/a usuario/a de la valoración del grado y Programa Individual de Atención. En este punto se pueden dar tres situaciones:
    • El/la usuario/a está de acuerdo con el Programa Individual de Atención: supone la puesta en marcha del protocolo interno de la Mancomunidad en aquellos recursos gestionados por la Mancomunidad, en función del tipo de recurso concedido (Servicio de Ayuda a Domicilio, Teleasistencia y/o Prestación económica vinculada al servicio de forma transitoria).
    • El/la usuario/a no está de acuerdo: tramitación del recurso por parte del/a trabajador/a social. En su caso, solicitud a la Comunidad de Madrid de la revisión del Programa Individual de Atención en el supuesto de que se hayan producido modificaciones en el entorno social o en las condiciones de salud, incluyendo la propuesta de nuevos servicios o prestaciones.
    • El/a trabajador/a social no considera adecuado el Programa Individual de Atención: al igual que en el punto anterior, tramitación del recurso. En su caso, solicitud a la Comunidad de Madrid de la revisión del Programa Individual de Atención si se hubieran producido modificaciones en el entorno social o en las condiciones de salud, incluyendo la propuesta de nuevos servicios o prestaciones.